Anexo 2. Mecanismos de coordinación del apoyo a la gestión programática del TPT

El ministerio de salud debe crear y fortalecer un organismo nacional conjunto de coordinación o un grupo de nacional trabajo de expertos técnicos para apoyar la ampliación de la gestión programática del TPT, mediante la ejecución de las directrices mundiales más recientes. Otra opción consiste en ampliar el mandato de un organismo existente que puede cumplir tanto una función de gestión como técnica para asesorar al ministerio de salud y el programa nacional de TB, VIH y otros programas. Estas disposiciones orientarán y respaldarán los esfuerzos de los gobiernos para cumplir los compromisos nacionales en materia de gestión programática del TPT, que asumieron en la primera Reunión de Alto Nivel de las Naciones Unidas sobre la TB en el 2018. Si bien las aportaciones de los expertos técnicos pueden definirse en el nivel nacional, se precisa asesoramiento en todos los niveles. Estos organismos administrativos y técnicos deben estar presididos por los más altos directivos administrativos en los gobiernos federales y locales y contar con una representación igual o razonable de todos los interesados directos pertinentes.

Atribuciones

El organismo nacional conjunto de coordinación para la ejecución de los servicios de TPTdebería encargarse de la gobernanza, la planificación, la coordinación y la ejecución de la gestión programática del TPT y también de la movilización de recursos económicos del gobierno y de los donantes. El organismo coordinador debería constituir un grupo de trabajo técnico o designar un grupo existente, para que preste asesoramiento sobre cuestiones técnicas de la ampliación de la gestión programática del TPT.

El grupo nacional de trabajo técnico puede recibir el mandato de:

  • Examinar la nueva evidencia a nivel nacional y mundial, revisar las políticas y las directrices nacionales vigentes sobre la gestión programática del TPT y dirigir el proceso de actualización y armonización de las directrices locales a partir de la evidencia más reciente.
  • Emprender evaluaciones de la situación que orienten las decisiones normativas sobre la gestión programática del TPT como,

– las estimaciones de la carga de TB (y de infección por TB) en los diferentes grupos en riesgo;

– la capacidad del sistema de salud existente (personal, aptitudes y equipo) para evaluar la intensidad y el riesgo de exposición a la TB y descartar la TB activa;

– los recursos económicos disponibles y las insuficiencias para apoyar la ampliación de los servicios de TPT a escala nacional y las consecuencias de los diferentes enfoques en cuanto al impacto y los costos (de aplicar diferentes esquemas o utilizar las pruebas de la infección por TB);

– la capacidad de movilización de recursos adicionales según sea necesario; y and

– el desempeño del programa y los aspectos limitantes de la ejecución.

  • Proporcionar fundamentos científicos a los componentes de la gestión programática del TPT de los planes estratégicos nacionales y asesoramiento normativo al organismo nacional conjunto de coordinación y los programas nacionales.
  • liderar la definición de los grupos destinatarios y su priorización en la gestión programática del TPT y las estrategias para llegar a estos grupos.
  • Formular orientaciones nacionales para la ejecución, procedimientos estandarizados de trabajo e instrumentos de trabajo (incluidos los contenidos de los módulos de capacitación) que sean adaptados al contexto del país.
  • Crear herramientas para abordar las preocupaciones de los proveedores de TPT y disipar los mitos en torno al TPT con el fin de promover la implementación y la ampliación a escala nacional.

Afiliación:

El organismo nacional conjunto de coordinación de la ejecución del TPT puede estar conformado por:

  • el jefe de programa en el ministerio de salud;
  • jefes de programa de otros ministerios pertinentes según el contexto del país (como los que trabajan en la reducción de daños, los servicios de salud en las prisiones o las minas);
  • miembros del ministerio federal encargados del financiamiento público;
  • gerentes de programas nacionales de TB, VIH y otros programas pertinentes (como de los servicios de Salud Reproductiva, de la Madre, el Recién Nacido, el Niño y del Adolescente y los servicios de salud en las prisiones);
  • jefes de programas de los asociados clave en la ejecución del TPT;
  • representantes de la sociedad civil;
  • personas en riesgo de contraer la TB o afectadas por ella; y
  • directivos nacionales de los principales asociados técnicos y organismos de financiamiento.

El grupo nacional de trabajo técnico para la ampliación del TPT puede estar conformado por:

  • expertos nacionales en materia de TB y VIH;
  • interesados directos del programa nacional de TB, VIH, salud reproductiva, de la madre, el recién nacido, el niño y el adolescente y otros programas pertinentes;
  • representantes de los médicos, prestadores de atención de salud y personal de enfermería de primera línea y prestadores de servicios a la comunidad;
  • representantes de los organismos encargados de las adquisiciones de medicamentos y los asuntos reglamentarios y de seguridad;
  • representantes de los grupos de pacientes con TB e infección por el VIH, la sociedad civil, las personas en riesgo de contraer la TB o afectadas por ella;
  • representantes de institutos nacionales de investigación;
  • asociados técnicos locales o internacionales; y
  • un funcionario de la OMS en el país.

Frecuencia de las reuniones: El organismo nacional de coordinación y el grupo de trabajo técnico deben reunirse regularmente según se considere apropiado para las actividades en curso en el contexto nacional.

Secretaría: Los programas nacionales de TB y VIH pueden funcionar como secretaría tanto del organismo coordinador como del grupo de trabajo técnico de expertos y alternar entre ellos la convocación de reuniones de los grupos, según las cuestiones prioritarias que se deben abordar. Ambos programas deben asignar fondos para la convocación periódica de estos grupos.

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